sábado, 3 de abril de 2010

II Diplomado: SUBIR DIRECCIÓN DE SU BLOG

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1 comentario:

  1. Las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas que desde el inicio de este año perciban rentas por ganancias de capital, conocidas también como de primera y segunda categoría, ya cuentan con las instrucciones y formatos para el oportuno cumplimiento de sus obligaciones impositivas.
    En efecto, la Sunat aprobó la RS N° 014-2009-Sunat, la cual refiere las reglas que deben atender las personas naturales para pagar el Impuesto a la Renta (IR) por la transferencia no habitual de inmuebles en 2009 (5% de la ganancia, con carácter de pago definitivo).

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